Introducción de prorrogas

En el momento de introducir prórrogas a la RPC, deben tenerse en cuenta las siguientes consideraciones:

No se debe realizar la liquidación de forma previa a la introducción de la/s prórroga/s, se deben ir informando las prórrogas que tenga el contrato y una vez terminada la última prórroga se debe informar la liquidación global del contrato y sus prorrogas.

En caso de introducir varias prórrogas, éstas se introducirán en orden correlativo (de la más antigua a la más nueva), siendo la fecha de inicio superior a la fecha de fin de la prórroga anterior.

En el caso de informar prórrogas de contratos que superen los umbrales establecidos por sindicatura de cuentas (apartado 12 de las preguntas frecuentes) también será necesario adjuntar los documentos en pdf firmado electrónicamente de la prórroga para poder realizar el envío de la misma.

Modificaciones de lote/prórroga

En el caso de una modificación de lote/prórroga, es importante destacar que ésta debe ser previa a la extinción, una vez extinguido el lote no se podrá informar ninguna modificación.

En el caso de informar modificaciones de contratos que superen los umbrales establecidos por sindicatura de cuentas (apartado 12 de las preguntas frecuentes) también será necesario adjuntar los documentos en pdf firmado electrónicamente de la modificación para poder realizar el envío de la misma.