Una vez terminado y liquidado el contrato y sus posibles prórrogas (si las hubiere) se informará al Registro la liquidación del contrato.

En el apartado de lotes/prórrogas pendientes de liquidación se puede realizar una búsqueda de todos los contratos con lotes que su fecha de fin prevista ya ha pasado y no están extinguidos ni prorrogados, y que por tanto se pueden extinguir.

Se puede informar la extinción desde la propia pantalla del buscador (clicando sobre la flecha azul) o desde el apartado de liquidación y buscando el contrato que se desea extinguir.

Existen dos tipos de liquidación, por cumplimiento y por resolución. En el caso de la liquidación por resolución debe informarse la causa de resolución del contrato.

En el campo del precio final por defecto aparece el importe de adjudicación del contrato más las posibles modificaciones del contrato, pero debe informarse el importe real que se ha pagado por el lote.

En el caso de los contratos con un importe de adjudicación superior a 50.000 euros para poder informar la extinción del contrato es necesario adjuntar el informe de evaluación del contrato (que se puede encontrar en la parte superior de la página del Registro al lado del código usuario o en la página web de la JCCA). En los contratos que son estudios o dictámenes debe adjuntarse siempre el informe de evaluación del contrato independientemente del importe del contrato y en el caso de contratos del ámbito del mundo local no es obligatorio en ningún caso adjuntarlo.

Es necesario adjuntar el mismo formulario que se descarga de la página del Registro o en la página web de la JCCA, no se puede imprimir para rellenarlo y después escanearlo, ya que el informe de evaluación es un pdf inteligente y por tanto tiene un formato diferente al del pdf normal.