El Registro Público de Contratos establece un circuito para la introducción y validación de la información relativa a los contratos, que pasa por los siguientes estados:

  • Organismo Contratante : la información ha sido introducida por el organismo contratante pero no se ha remitido a la Secretaría Técnica de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa para su comprobación.
  • Junta Consultiva : la información se ha enviado a la Secretaría Técnica de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa para que sea revisada y, en su caso, validada o devuelta.
  • Contrato validado : la información se incorpora al Registro Público de Contratos. Hasta ese momento los datos no han sido enviados . Ya no se puede cambiar ningún dato del contrato, a menos que se haga una petición motivada por parte del órgano competente en materia de contratación del organismo, dirigida al Presidente/a de la Junta Consultiva de Contratación
    Administrativa.
  • Contrato devuelto : la información enviada desde un Organismo Contratante tiene datos que, a priori, parecen erróneos y se devuelve al propio Organismo para que se hagan las correcciones oportunas, en su caso.